Intercambio de bases de datos entre las administraciones públicas.
Intercambio de bases de datos entre las
administraciones públicas.
Si la definimos en términos generales, puede hacer referencia a la conexión física, lógica y funcional de las bases de datos utilizadas por los mismos o diferentes operadores, de manera que los usuarios de estas bases de datos puedan comunicarse entre sí.Lo segundo que debemos aclarar se refiere al concepto de base de datos, entendida como un conjunto estructurado de datos personales accesibles, de acuerdo con determinados criterios, ya sea centralizado o descentralizado o repartido de forma funcional o geográfica
.Para las
administraciones públicas hay una serie de criterios a seguir, tanto en la
recogida como en la cesión de los datos, donde se excepciona el principio del
consentimiento para desarrollar sus competencias (artículo 6.2 y 21.1 LOPD).Esto, junto
con la posibilidad de que mediante habilitación legal se sustituya el
consentimiento y el hecho de tener que elaborar una disposición de carácter
general para la creación de los ficheros públicos, son las únicas previsiones
que la LOPD dedica a los tratamientos de la información por las
administraciones públicas.No hay una
regulación general de los flujos informativos de las administraciones públicas,
tan solo algunas normas incorporadas recientemente.
Quizá lo más importante de este problema sobre el concepto de interconexión es crear una reflexión sobre su alcance, con el objetivo de no desvirtuar la cadena de control informativo de los datos personales.
La
finalidad de la recogida y tratamiento de datos personales es uno de los
aspectos fundamentos del derecho a la protección de datos, adoptando aún más
importancia en el ámbito de los tratamientos de las administraciones públicas
donde normalmente el consentimiento del ciudadano no está presente.
Es totalmente necesario establecer un equilibrio entre las interconexiones de bases de datos públicas y la protección de los usuarios en relación con el tratamiento de sus datos con el fin de analizar el criterio de compatibilidad de las finalidades para las cuales se tratan los daros personales y que pueden legitimar una interconexión. La interconexión entre bases de datos plantea numerosos problemas y el principal objetivo de las administraciones electrónicas es la sustitución de los certificados en soporte papel por el intercambio de certificados telemáticos y transmisiones de datos entre los diversos registros y ficheros administrativos. Para hacer posible este intercambio lo principal es establecer la interconexión entre los diferentes ficheros o bases de datos de las administraciones públicas. Vídeo sobre el Derecho al Acceso a la información pública del Portal de Transparencia del Gobierno de España: https://www.youtube.com/watch?v=L6T7TPcEFv4
Bibliografía:
- Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
- Portal de Transparencia del Gobierno de España y Revista de Internet
- Derecho y Política por María del Mar Pérez Velazco "Intercambio de datos entre administraciones públicas" en el primer congreso sobre Internet, derecho y política: las transformaciones del derecho y la política en la sociedad de la información.
Gracias por la explicación tan sencilla de la interconexión de bases de datos públicas y el por qué de su transición del papel a los certificados telemáticos.
ResponderEliminarGracias por la sencillez con la que lo explicas todo!
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