MATERIALES IMPRESOS EN LA ADMINISTRACIÓN

Normativa actual para este tipo de materiales

Los impresos o documentos de la Administración tienen una especial importancia ya que constituyen el principal instrumento de comunicación, ya sea personal, protocolaria o administrativa.  Se normalizarán diferentes modelos de impresos clasificándolos según los supuestos de utilización, para así, facilitar una mayor claridad y eficacia en la comunicación. Además, aparecerán las lenguas cooficiales en los documentos de la Administración, de acuerdo con la Constitución, la LRJ-PAC y la normativa autonómica correspondiente.  En este sentido, es necesario que el material utilizado por la Administración esté normalizado y racionalizado para así, ofrecer un modelo de actividad administrativa eficiente, ágil y transparente. Los distintos modelos impresos se clasificarán en dos tipos:

- Papelería general

De uso externo Se utilizará para las comunicaciones con el ciudadano, personas jurídicas y órganos de otras Administraciones Públicas o de la Administración General del Estado que dependan de un órgano superior distinto al emisor.



- Papelería personal

Se utilizará para comunicaciones personales, protocolarias y que no formen parte de procedimientos administrativos. Los elementos de la imagen de la Administración en esta papelería podrán variar en su tamaño, posición, técnicas de impresión... dependiendo de los distintos niveles jerárquicos asignados.


Para poder entender de qué manera se clasifican los diferentes materiales impresos, ahora vamos a nombrar una serie de característica que tienen, para comprender de manera sencilla sus diferenciaciones y condiciones.

Características de los materiales impresos

 El material impreso normalizado para su utilización en comunicaciones de tipo general se clasificará en oficios, notas interiores y cartas en función, respectivamente, del carácter externo, interno y personal o protocolario de la comunicación. Los modelos normalizados de solicitud en soporte papel que, en aplicación del artículo 70.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se pongan a disposición de los ciudadanos se elaborarán de acuerdo con los criterios contenidos en el artículo 8 de este Real Decreto. Estas disposiciones nos hablan de la forma de nombrar los textos, la cual es una de las normas básicas para su diferenciación.

La estructura, el formato y los supuestos de utilización de cada una de las categorías de material impreso mencionadas en los anteriores apartados serán determinados en el Manual de Imagen Institucional de la Administración General del Estado. Este Manual es la guía que se debe seguir para que los materiales impresos sean normalizados y se puedan utilizar. Cualquier impreso que no siga las pautas marcadas por el Manual de Imagen Institucional no podrá ser usado en la Administración pública.
Asimismo, figurará impresa la relación de los documentos preceptivos que el ciudadano debe acompañar al modelo de acuerdo con la normativa correspondiente, así como apartados para que aquél exprese los documentos que, sin ser requeridos normativamente, desea voluntariamente aportar en apoyo de la solicitud. En la primera hoja de todo modelo normalizado de solicitud figurará, convenientemente destacado en su encabezamiento, un título que exprese claramente el objeto de la solicitud. También deberán figurar dos espacios para la constancia de las fechas de entrada de la solicitud en cualquiera de los lugares en que ésta fuera presentada y en el registro del órgano competente.

Por último destacar que el material impreso para su utilización en la actividad administrativa ordinaria, que no esté contemplado en los apartados anteriores, se regirá por las disposiciones que adopten, en sus respectivos ámbitos, los Subsecretarios de los Departamentos y los Presidentes o Directores de los Organismos autónomos.
Este tema liga con los modelos de textos impresos, los cuales son publicados en el BOE. Allí podremos encontrar cuales son los tipos de materiales impresos que podemos utilizar.


Bibliografía:

https://chsegura.es/export/descargas/informaciongeneral/imageninstitucional/manualimagen/docsdescarga/2_10.pdf

Derecho Administrativo para Estudios No Jurídicos - Tecnos, UMU

BOE


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